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68. Reutilización del software

68. Reutilización del software

En un contexto general de racionalización de los activos TIC de la Generalitat, se llevará a cabo la reutilización del código sobre el que la Generalitat posea derechos de propiedad intelectual, en un entorno de cooperación entre Administraciones (tal y como prevé el art. 45 de la Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. El concepto alcanza tanto a la reutilización de aplicaciones completas como de módulos, librerías, subrutinas, componentes, etc., destinados a desarrollar nuevas aplicaciones y tanto a la reutilización interna de la propia Generalitat como externa por parte de otras Administraciones valencianas o españolas. 

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